CRUCIPAP01
ARTÍCULO 1.093.- (Responsabilidad profesional). Son asegurables los riesgos inherentes al ejercicio de una profesión. El seguro de responsabilidad profesional, cuando el asegurado no se encuentra legalmente habilitado para tal ejercicio, es nulo.
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Página 866
El seguro de responsabilidad por el ejercicio de una explotación industrial o comercial comprende la responsabilidad de las personas que ejerzan funciones directivas o ejecutivas.
Conc: c. com. 984- 998- c.p. 164- 175- 218-
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